
Vender un camión desde España al extranjero: IVA en la entrega intracomunitaria y la exportación, NIF-IVA y VIES, modelo 349, DUA y baja en la DGT.
Situación: septiembre de 2026. Este artículo describe la normativa española para el caso en que una empresa establecida en España vende un camión usado a un comprador de otro Estado miembro de la UE o de un país fuera de la UE.
Los compradores de otros países son una salida importante para los vehículos industriales usados. Frente a una venta dentro de España se añaden tres bloques de obligaciones: el registro de vehículos de la DGT (el camión tiene que darse de baja en España), el IVA (la exención solo se aplica si se cumplen requisitos concretos) y las pruebas de que el vehículo ha salido realmente de España.
Si el camión se va a matricular en otro país, dentro o fuera de la UE, se solicita a la Dirección General de Tráfico (DGT) la baja definitiva por traslado del vehículo a otro país. Puede pedirla el titular, un tercero que acredite la propiedad con el contrato de compraventa o la factura firmados, o un representante autorizado.
Mientras no se matricula en el nuevo país, la DGT prevé dos formas de llevar el camión a su destino: matricularlo temporalmente con placas verdes o trasladarlo en grúa u otro medio. Para las placas verdes el vehículo tiene que estar dado de baja definitiva por exportación y tener la ITV en vigor; el permiso temporal tiene una validez de 60 días, la tasa es la 1.4, de 20,61 €, y para circular hay que contratar un seguro. Las empresas realizan estos trámites de forma electrónica.
En la venta al extranjero es más frecuente tratar con un interesado al que no conoce en persona. El patrón típico: el precio está acordado, pero en la entrega aparecen de repente defectos «nuevos» y el comprador pide una rebaja. Cuente con que el precio se volverá a discutir y fije de antemano el límite por debajo del cual no baja. El pago, por transferencia y antes de la entrega: entregue vehículo, llaves y documentos solo cuando el importe esté abonado en su cuenta.
El segundo riesgo es fiscal: si el comprador no facilita un NIF-IVA válido o falta la prueba del transporte, la exención decae y el IVA lo debe usted, sobre un precio que quizá pactó sin impuesto.
La venta de un camión tributa al tipo general del 21 % (artículo 90.Uno de la Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido). En la venta al extranjero lo decisivo es adónde va el vehículo y a quién se lo vende.
La entrega intracomunitaria de bienes está exenta con derecho a deducir el IVA soportado (exención plena). La base legal es el artículo 25 de la Ley 37/1992, desarrollado por el artículo 13 del Reglamento del IVA (Real Decreto 1624/1992). Desde el 1 de marzo de 2020, en la redacción del Real Decreto-ley 3/2020, el artículo 25.Uno exige:
Sin un NIF-IVA válido del comprador, la venta tributa al 21 %. La exención tampoco se aplica, según el mismo artículo, a las entregas acogidas al régimen especial de bienes usados (REBU).
Un particular no está identificado a efectos del IVA, de modo que no se cumple el supuesto del artículo 25. La venta se factura con el 21 % de IVA español, igual que una venta a un comprador en España. Para los medios de transporte nuevos rigen reglas específicas; en los camiones usados normalmente no intervienen, pero si el vehículo es prácticamente nuevo, compruebe ese régimen con su asesor.
Si el camión sale de la Unión Europea, la operación es una exportación exenta con derecho a deducir, según el artículo 21 de la Ley 37/1992. El artículo 9 del Reglamento del IVA distingue dos supuestos: que exporte usted (o quien ostente la condición de exportador conforme a la normativa aduanera) o que exporte el adquirente no establecido en el territorio de aplicación del impuesto. En este segundo caso, el Reglamento exige en el régimen comercial «el correspondiente documento aduanero de exportación».
El NIF-IVA del comprador no es requisito aquí. La condición común a ambos supuestos es «la salida efectiva de los bienes del territorio de la Comunidad, entendiéndose producida la misma cuando así resulte de la legislación aduanera».
La exención depende de los justificantes. Reúnalos en el momento de la entrega, no cuando llegue una comprobación.
¿No quiere buscar ni comprobar usted mismo a los compradores extranjeros? En truckoo registra el camión una sola vez y recibe la tasación gratuita en 24 horas. Después, más de 1.500 comerciantes y exportadores verificados de 35+ países pujan de forma vinculante, y usted decide si acepta una puja. Su parte contractual para el contrato, el pago y la recogida es truckoo, no el comprador extranjero. Para el vendedor, la venta es gratuita.
Este artículo ofrece información general y no constituye asesoramiento fiscal. Aclare su caso concreto, en particular los requisitos de la exención y los justificantes necesarios, con un asesor fiscal o con la Agencia Tributaria.
Fuentes consultadas en septiembre de 2026: tipo del IVA, artículos 21, 25 y 90 de la Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido (texto consolidado, BOE); requisitos del artículo 25.Uno en la redacción del Real Decreto-ley 3/2020 según Iberley; artículos 9 y 13 del Real Decreto 1624/1992, Reglamento del IVA (texto consolidado, BOE); Agencia Tributaria: identificación para operar con empresarios de la UE (ROI, VIES, NIF-IVA), contenido del modelo 349, plazos de presentación del modelo 349, número EORI y sistema electrónico de exportación AES; VIES, Comisión Europea; sede electrónica de la DGT: baja definitiva por traslado del vehículo a otro país (solicitantes, tasa, exención a partir de 15 años, ITV, plazo de 90 días, placas verdes o grúa) y matrícula temporal con placas verdes (baja previa, validez de 60 días, tasa 1.4 de 20,61 €, seguro); documentos de la venta según la guía documentos para la venta de un camión. Importes de tasas según la normativa vigente en la fecha de consulta.
IVA en la venta de un camión · Documentos para la venta de un camión · ¿Concesionario, anuncio o subasta? · tasación gratuita de camiones · Vender su camión
Más conocimientos prácticos sobre la venta, la tasación y la documentación.
Bastan el permiso de circulación, el kilometraje y las fotos. Los concesionarios verificados pujan de forma vinculante y usted decide: gratis y con truckoo como parte contractual.